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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372805
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1688
AUXILIARES DE LAS JUNTAS, VALOR DEL DICTAMEN DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1688
El dictamen del auxiliar del presidente de una Junta, sólo expresa las conclusiones que deban contener, a su juicio, los puntos resolutivos del laudo que se pronuncie, atento lo dispuesto por el artículo 535 de Ley Federal del Trabajo; pero ello no significa que el dictamen de dicho auxiliar, obligue al presidente y le impida sustentar un criterio distinto al del auxiliar y votar libremente en la diligencia a que se refiere el artículo 539 del mismo ordenamiento, según lo crea debido en conciencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10275/44. Cavazos García Juan B. 9 de mayo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.