Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372828
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372828
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1822
PRUEBA PERICIAL EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1822
Si se trata de demostrar la enfermedad profesional que dice el trabajador que padece y que contrajo a consecuencia del trabajo, y para ese propósito ofreció prueba pericial, pero no nombró a los peritos necesarios, a pesar del apercibimiento que para ello se le hizo, estuvo en lo justo la Junta responsable al tenerlo por desistido de dicha prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9011/44. Ortega Ramón y coags. 10 de mayo de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.