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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372842
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1851
ESTADO PATRONO, RESPONSABILIDADES DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 1851
La condena impuesta al titular de una secretaría de Estado, mediante laudo dictado por el Tribunal de Arbitraje, no puede entenderse establecida en contra de dicho titular, en lo personal, sino como representante de una dependencia del Estado; de manera que no puede decirse que sea el propio titular el obligado a pagar las prestaciones de carácter económico que deriven del laudo arbitral, puesto que ese pago sólo podrá hacerse por conducto de las dependencias correspondientes del mismo Estado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6859/44. Secretario de Comunicaciones y Obras Públicas y coag. 11 de mayo de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Roque Estrada.