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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372857
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2021
LEYES, INCONSTITUCIONALIDAD DE PRECEPTOS DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2021
Aunque en otro juicio de amparo, la Suprema Corte, haya declarado inconstitucional algún precepto de determinada ley, esa declaración no surte efectos sino en el expediente especial en que así haya sido resuelto, de acuerdo con lo que dispone el artículo 76 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4199/44. Sindicato de Estibadores, Abridores del Comercio, Carretilleros, Similares y Conexos de la Aduana de Importación de esta capital. 6 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.