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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372860
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2023
JUNTAS, DEBEN EQUIPARARSE A LAS AUTORIDADES JUDICIALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2023
Las Juntas de Conciliación, dada la naturaleza de las funciones que desempeñan, deben equipararse a las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó por improcedente la demanda 5042/44. Díaz de la Vega Cecilio. 6 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.