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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372881
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2309
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL CUMPLIMIENTO DE LOS LAUDOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2309
El juicio de garantías tiene por objeto resolver toda controversia que se suscite, entre otras causas, por leyes o actos de la autoridad que violen las garantías individuales, y si el secretario de Hacienda y Crédito Público pretende dar cumplimiento al laudo del Tribunal de Arbitraje, que lo autorizó para dar por terminados los efectos del nombramiento del quejoso, sin responsabilidad para el Estado, actuó como parte demandada en el juicio arbitral y no como autoridad responsable, por lo que resulta improcedente el amparo que solicitó el quejoso, en contra de actos del propio secretario de Hacienda y Crédito Público, por no ser de autoridad el que se reclama de éste en el juicio, por lo que debe sobreseerse en el amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7427/43. Rosales Mendívil Antonio. 14 de junio de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.