Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372901
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372901
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2451
PRESCRIPCION, INTERRUPCION DE LA, POR LA DEMANDA EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2451
Una demanda no interrumpe la prescripción de ciertas acciones, como la relativa a la reinstalación, si esta acción no fue ejercitada en la mencionada demanda, pues si en ésta se dedujo la de indemnización por despido injustificado, y la demanda tiene como uno de sus efectos, el de interrumpir la prescripción, es claro que así es cuanto la acción intentada subsiste, mas no cuando ésta se cambia por otra, pues en tal caso, debe concluirse que no existe obstáculo alguno para que siga corriendo el término de prescripción, hasta el momento en que se ejercita la acción.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 10058/44. López Piñón Rosa. 20 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.