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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372924
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2546
NOTIFICACIONES EN EL PROCEDIMIENTO ANTE EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2546
El actuario del Tribunal de Arbitraje no obró legalmente al abstenerse de notificar las providencias correspondientes en el domicilio señalado por cierta persona, sólo porque se le dijo que ya no habitaba en ese lugar; y aunque la interesada incurrió en sanción al no manifestar tal cambio de domicilio, debe decirse que esa sanción consistía en que las notificaciones se le siguieran haciendo en el domicilio anteriormente señalado; pero esto no facultaba a dicho actuario para dejar de hacer la notificación correspondiente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5815/44. Jiménez Posadas Guadalupe. 22 de junio de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.