Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/372933
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2730
LAUDOS DE LAS JUNTAS, RESULTADOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2730
Los resultados de un laudo no son sino un relato más o menos extractado del negocio y como nada se resuelve en ellos, ni vierten conceptos que al relacionarse con los puntos decisorios del laudo, determinen su resultado evidentemente que si en dichos resultados deja de hacerse mención de algún antecedente, esto no puede ser violatorio de los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 670/45. Cimerman Jojna. 27 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.