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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372935
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2733
TRABAJO, REQUISITOS DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2733
Si la Junta responsable, sin mas antecedentes que la afirmación de la parte actora, estableció en su laudo, que el trabajador ingresó a prestar servicios desde cierta fecha, sin otorgarle al contrato de trabajo pactado entre la misma parte actora y el demandado, valor probatorio alguno porque "... es completamente irregular, no llenando, en consecuencia, las particularidades de un verdadero contrato individual, pues del texto del mismo consta que no se fijó salario, así como que no se expresó la forma en que disfrutaría el trabajador del descanso semanal, en tal virtud el referido contrato carece de las particularidades del artículo 24 de la Ley Federal del Trabajo por lo que su contenido carece de completo y absoluto valor legal."; debe tenerse en cuenta que esta tesis es inadmisible, toda vez que relacionando el precepto invocado con el artículo 31 de la propia ley, resulta que la falta de requisitos del contrato, no priva al trabajador de sus derechos, pues se imputa al patrón la falta de esa formalidad que, en último extremo, se resuelve en obligaciones de hacer o de dar, que habrá de cumplir en cuanto resulten comprobadas; pero por ningún concepto origina que no se conceda al contrato el valor probatorio que le corresponde.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1910/45. Siu Enrique. 27 de junio de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.