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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2808
CLAUSULA DE EXCLUSION, INDEBIDA APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2808
El requisito a que se refiere la fracción VII del artículo 246 de la Ley Federal del Trabajo, respecto al número de trabajadores que deben votar la exclusión, es independiente del deber que tiene el sindicato de emplazar debidamente al trabajador, con motivo de los cargos que se le hagan, para que pueda defenderse, aduciendo, en su caso, las pruebas que demuestren su inocencia. Ahora bien, la Junta responsable no obró correctamente al haber declarado que el sindicato había llenado los requisitos legales, al aplicar a los trabajadores quejosos la cláusula de exclusión, pues dichos trabajadores fueron expulsados en una asamblea en que se sometió a votación su expulsión, sin embargo, la aludida organización no emplazó a los trabajadores quejosos, con motivo de los cargos que se les hacían, ni los oyó tampoco en defensa, permitiéndoles, en su caso, rendir las probanzas necesarias.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2200/45. Jiménez Carolina y coagas. 29 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.