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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372959
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2819
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, REVISION INTERPUESTA POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2819
Cuando las autoridades responsables actúan resolviendo una controversia, y su resolución es atacada en amparo, carecen del derecho de interponer revisión, por falta del interés que es necesario para la prosecución del juicio, del que sólo son titulares el quejoso y el tercero perjudicado; por lo cual debe desecharse el recurso de revisión interpuesto por parte de la Junta responsable.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4631/44. Hernández Alfredo L. y coags. 29 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.