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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372961
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2824
AMPARO, ESTUDIO DE LA PROCEDENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIV; Pág. 2824
Para saber si el juicio de amparo es procedente por violaciones procesales, no debe estudiarse el punto de si el acto reclamado es de difícil reparación, si no únicamente si se trata verdaderamente de violaciones procesales, las cuales sólo pueden reclamarse en juicio constitucional, hasta que se dicte resolución definitiva, ya que si ésta es favorable a los intereses del quejoso, no habrá causa legal para pedir amparo dentro del procedimiento.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 351/45. Sampedro Nava Jesús. 29 de junio de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.