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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 372999
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 496
TESTIGOS EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 496
La declaración del secretario general del sindicato a que pertenece el actor, en cuanto a que la empresa le dio aviso del abandono del trabajo por dicho actor, ya que habiéndolo localizado y requerido para que se presentara nuevamente a reanudar sus labores, se negó a hacerlo, es una prueba que indiscutiblemente constituye un testimonio de calidad, que opera en contra del trabajador reclamante, y así, no puede conceptuarse que la Junta se haya excedido en el uso prudente de la facultad que para la apreciación de las pruebas le otorga el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5156/44. Ibarra Antonio. 10 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.