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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 502
PRUEBA TESTIMONIAL ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 502
No puede aceptarse la estimación de una Junta, sobre testimonio singular, fundada en la facultad que le da el artículo 550 de la ley del trabajo, si al conjunto de las pruebas aportadas por la parte actora, debe agregarse la circunstancia de que dicho testigo singular, aparece como médico de la parte demandada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4370/43. Lerma Miguel y coagraviados. 10 de enero de 1945. Mayoría de tres votos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Roque Estrada.