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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373013
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 517
RIESGO PROFESIONAL, INDEMNIZACION EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 517
La indemnización por seiscientos doce días a que tienen derecho las personas que resulten beneficiarias del trabajador muerto, es sin deducirse la indemnización que haya percibido el trabajador durante el tiempo en que estaba incapacitado, según lo previene el artículo 298 de la ley de la materia, de acuerdo con el artículo 303 de la misma ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8244/43. Financiera Industrial Agrícola, S. A. 10 de enero de 1945. Mayoría de tres votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Disidente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.