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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 638
ACCIDENTES DE TRABAJO, INDEMNIZACIONES POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 638
Si el convenio relativo a una indemnización, a pesar de que fue sancionada por las autoridades del trabajo, implica la renuncia de los derechos que la ley consagra a favor del trabajador, debe concederse el amparo, a fin de que la responsable pronuncie nuevo laudo, en el que condene a pagar a dicho trabajador, la indemnización que justamente le corresponda, por el accidente de trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2714/44. Rodríguez Eduardo. 11 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.