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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373045
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 920
JUNTAS, DECLARACION DE INCOMPETENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 920
Cuando las Juntas tienen conocimiento de su incompetencia, bien pueden declaralo, aun cuando con anterioridad hubiesen dictado alguna resolución que importase ejercicio de jurisdicción, pues la declaración de incompetencia superveniente puede hacerse, de acuerdo con el artículo 433 de la Ley Federal del Trabajo, en cualquier estado del procedimiento.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3980/39. Alcántara Vicente y socios. 17 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.