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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1028
QUEJA, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1028
Si en una ejecutoria de la Suprema Corte se previno a una Junta que la apreciación de una prueba debería hacerse en relación con las demás pruebas rendidas por las partes, sin que la Junta haya cumplido este último extremo, tal omisión da lugar a la interposición de una queja por defecto en la ejecución de la sentencia a que se ha hecho mérito, pero no al juicio de amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6301/44. Alba Joaquín. 18 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.