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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1269
CONTRATO DE TRABAJO, RESCISION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1269
El caso en el que el trabajador da por rescindido el contrato de trabajo, es análogo a aquél en el que es despedido, toda vez que se producen los mismos efectos, esto es la ruptura del contrato por culpa del patrono y por consiguiente, existiendo la misma razón, debe aplicarse analógicamente el mismo precepto, pues no sería justo que se concediera una indemnización cuando el trabajador es despedido y se niega cuando el mismo se vea obligado a separarse del trabajo, por causas imputables al patrono.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6443/44. Duplat E. María. 23 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.