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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373114
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1556
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1556
El accidente sufrido por el trabajador y las lesiones que fueron su resultado, son consecuencia de su trabajo, aun cuando la causa inmediata no se hubiere producido directamente en el lugar en donde se desarrollaban las labores, si en dicho lugar tuvo su realización y efectos, pues de no encontrarse el trabajador en el referido sitio, no hubiese experimentado sus consecuencias.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7270/44. Falomir J. Jesús. 25 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo Lóez Sánchez.