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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1576
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1576
No puede considerarse que el accidente sufrido por el obrero es de trabajo, si no le sobrevino durante el trabajo ni en ejercicio de éste o como consecuencia del mismo, y aparece comprobado que cuando acaeció se violaban órdenes expresas del patrono.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 323/42. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 25 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.