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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373137
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1718
ENFERMEDADES PROFESIONALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1718
Corresponde a la parte demandada demostrar que el tiempo que el obrero estuvo a su servicio era insuficiente para que adquiriera la enfermedad señalada como causa de su muerte, y tratándose de una cuestión de orden técnico por su propia naturaleza, no es posible admitir, por la simple afirmación de la demanda, que el tiempo de servicios fue insuficiente para ese efecto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 891/36. Cía. Minera "La Mazata y Anexas", S. A. 26 de enero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.