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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373162
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1983
APODERADOS, FACULTADES DE LOS, PARA OFRECER PRUEBAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 1983
El ofrecimiento de las pruebas es parte de su rendición, tomando este término en sentido lato, por lo que si el poderdante facultó al apoderado para rendir toda clase de pruebas, sería absurdo considerar que hubiese querido constituir apoderado únicamente para rendir la prueba, necesitando ofrecerla personalmente, o constituir otro apoderado para este último efecto. Por otra parte, el ofrecimiento de pruebas en particular, no requiere cláusula especial, de acuerdo con la ley.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5527/44. Orozco Dueñas Pedro. 31 de enero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.