Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/373175
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373175
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2280
JUNTAS, DESESTIMACION DE PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2280
Es ilegal que la Junta haya desestimado un convenio y cláusulas de cierta contratación, ofrecida como prueba, si su estudio era indispensable para resolver acerca de la procedencia de la acción ejercitada; por otra parte, aunque se haya alegado por la demandada, el hecho de que el convenio en cuestión quedó sin efecto, por virtud de un laudo, si la propia responsable no expresó por qué causas el laudo acabado de citar, invalidó el citado convenio, en esas condiciones indudablemente que no fundó y motivó su negativa para estudiar las aludidas contrataciones y convenio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6687/44. Solano Caloca Juan. 7 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis G. Corona.