Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/373187
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373187
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2565
SINDICATOS, EXISTENCIA LEGAL DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2565
Nada autoriza a concluir que las categorías a que se refiere el artículo 233 de la Ley Federal del Trabajo, sean las únicas que puede revestir una agrupación sindical, para tener la existencia conforme a la ley, si se satisfacen los esenciales de su constitución, y todo se reduciría a rectificar la clasificación impropia que se hiciera del mismo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8656/44. Cementerio Particular Veracruzano, S. A. 13 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.