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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2699
SALARIOS, DESCUENTOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2699
Respecto a la aplicación de los artículos 33, 86, 91 y 95 de la Ley Federal del Trabajo, que prohiben toda clase de descuentos a las cantidades fijadas como salarios, debe decirse que no es posible aplicar esa doctrina a las asignaciones fijadas en los tabuladores, porque al hacerlo, se cometería la petición de principio de que las asignaciones de los tabuladores son el salario convenido, cuando es esto precisamente lo que trata de demostrarse, sosteniendo que las indicadas asignaciones estaban en vigor, cosa inexacta.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2424/44. Ávalos José María. 15 de febrero de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.