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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373205
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2966
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 2966
No es exacto que las Juntas estén obligadas a requerir a las partes para que señalen el archivo o lugar donde esté depositado determinado documento, porque a este respecto no existe ninguna disposición legal en que pueda apoyarse una pretensión legal en que pueda apoyarse una pretensión de esa índole, y además, es a las partes en conflicto a las que directamente corresponde aportar todos lo elementos tendientes a demostrar la procedencia de sus respectivas acciones o excepciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8241/44. Sindicato de Trabajadores Petróleos de la República Mexicana. 21 de febrero de 1945. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.