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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3517
RIESGO PROFESIONAL, EXISTENCIA DEL, POR LA AGRESION AL TRABAJADOR, DURANTE SUS LABORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3517
Todo accidente ocurrido a un obrero en el trabajo, durante el tiempo de éste, se presume como riesgo profesional, aun cuando el accidente provenga de un acto de un tercero extraño a la relación obrero patronal, salvo prueba de patrón, consistente en que la agresión fue originada por causa que ninguna conexión tenía con el trabajo; como sucede cuando el accidente ocurrido al trabajador, que determinó su fallecimiento, fue motivado por una agresión que tuvo lugar mientras desempeñaba las labores encomendadas y aunque obra la declaración de un testigo en el sentido de que oyó un disparo hecho en contra del trabajador y vio a un individuo que por la oscuridad de la noche no pudo identificar, que corría cerca del lugar de la agresión, la empresa no comprobó que fuese originada por causas que ninguna conexión tuvieron con el trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7599/44. Petróleos Mexicanos. 5 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.