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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373236
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3578
SILICOSIS, ES ENFERMEDAD PROFESIONAL DE LOS TRABAJADORES DEL EXTERIOR DE LAS MINAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3578
Por el sentido literal de la fracción IX del artículo 326 de la Ley Federal del Trabajo, existe presunción de que la silicosis es profesional, cuando se trata de mineros, es decir, de personas que trabajan en el interior de las minas, pero no por esto puede desconocerse la circunstancia de que también en el exterior de las minas, los trabajadores están expuestos a la aspiración de polvos, como cuando trabajan en la limpia de motores eléctricos, en las plantas de trituración y concentración, casos en los que también existe la presunción a que la ley se refiere, pues también son actividades mineras las ya indicadas, y si la empresa demandada no adujo ningún otro elemento de prueba que demostrara que el trabajador no pudo contraer una silicosis en las actividades a que estaba dedicado, es claro que la disposición legal no fue aplicada inexactamente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8432/44. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A. 6 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.