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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373244
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3674
JUNTAS, NATURALEZA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3674
Las Juntas de Conciliación son tribunales de conciencia, y por lo mismo, la sola equivocación en la cita de un fundamento legal, que se haga en una demanda de trabajo, no es suficiente para declarar infundada la acción; tanto más, si como en el caso, el laudo presidencial a que se alude, fue aportado como prueba en el conflicto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8585/44. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.