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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3999
POSICIONES EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO, NO EXISTE OBLIGACION DE PRESENTAR PREVIAMENTE EL PLIEGO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 3999
No es de tomarse en consideración lo alegado en el sentido de que la Junta infringió el artículo 527 de la Ley Federal del Trabajo, porque tuvo por confeso al quejoso, sin que se hubiera presentado previamente el pliego de posiciones, y sin que se le hubiera citado ni apercibido para la diligencia respectiva, porque en la Ley Federal del Trabajo no existe disposición alguna que obligue a la presentación previa del pliego de posiciones, ni menos para que se haga un emplazamiento especial para la diligencia correspondiente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6794/44. Bautista Menéndez Juan. 13 de marzo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.