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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373307
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4432
VIOLACIONES EN EL PROCEDIMIENTO DEL AMPARO, QUEJA POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4432
Ya se ha establecido, que todas las violaciones que no se cometan por los Jueces de Distrito al resolver el amparo, sino con motivo del procedimiento el juicio constitucional, deben ser objeto del recurso de queja, ante esta Suprema Corte y no del de revisión que se dirije en contra de la sentencia que resuelva los puntos controvertidos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8541/44. Sindicato de Empleados de Cantinas, Meseros y Similares, Sección Número Dieciocho de Piedras Negras, Coahuila. 22 de marzo de 1945. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.