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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373310
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4450
TRABAJADORES, TRASLADO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIII; Pág. 4450
Si el quejoso no fue parte en un convenio, y tampoco intervino en el procedimiento dictado en cierto laudo, y no fue aludido en aquél o en éste; si lo único que en su caso podría perjudicarle sería la ejecución de tales actos, y si por virtud de ella, se le ordenó trasladarse, lo que debe hacer es plantear ante las autoridades obrero patronales el conflicto correspondiente, haciendo valer sus derechos de trabajador que considere afectados, pero si desde luego ocurre al amparo, es claro que éste debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5321/44. Espino Eduardo. 22 de marzo de 1945. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. Ponente: Eduardo Vasconcelos.