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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6847
ADMINISTRACION DE LOS FERROCARRILES NACIONALES DE MEXICO, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PEDIDO POR LA, CONTRA EL LAUDO QUE LA DECLARO PATRIMONIO SUSTITUTO DE LA ADMINISTRACION OBRERA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6847
Si se reclama en amparo, por la Administración de los Ferrocarriles Nacionales Mexicanos, la resolución de una Junta de la Federal de Conciliación y Arbitraje, que la declaró patrón sustituto de la desaparecida administración obrera de los propios ferrocarriles, en un expediente formado con motivo de la reclamación formulada por un trabajador, en contra del departamento autónomo de los Ferrocarriles Nacionales de México, y continuando contra la referida administración obrera, lo que se reclama propiamente es una violación de carácter procesal, que no tiene las características que señala la fracción III del artículo 107 constitucional, para dar materia a un juicio de amparo indirecto, supuesto que, aun cuando afecta a las partes sustanciales del procedimiento, las infracciones que con tal decisión se puedan cometer, no dejan sin defensa a la parte recurrente que promovió el juicio de garantías, porque puede concurrir al juicio de trabajo, donde podrán excepcionarse en la forma que crea conveniente y ejecutar las acciones conducentes. Por tanto, el juicio constitucional, promovido en tales condiciones, debe ser sobreseído.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4455/42. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México.- 22 de Septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada se excusó de conocer este asunto. Ponente: Hermilo López Sánchez.