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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 284
TRABAJADORES DEL ESTADO ASCENDIDOS A EMPLEADOS DE CONFIANZA, VUELTA DE LOS, AL DE BASE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 284
Cuando un trabajador del Estado, de su empleo de base es ascendido a uno de confianza, del cual se le retira, es claro que tiene derecho a que se reinstale en su empleo de base, y debe considerarse cesado, cuando el titular se niega a reponerlo, ya que eso implica tal negativa. El Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, expresamente señala como una obligación de dichos Poderes, la de volver a ocupar en su puesto de base, al trabajador que asciende a un puesto de confianza, y deja de tener el de esta última categoría, porque entonces que habían quedado en suspenso, al ser promovido al puesto de confianza (artículo 41, fracción I, inciso g).
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2471/49. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 10 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.