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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 442
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, OMISION DE PRUEBAS POR EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 442
Si bien el artículo 107 del Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, autoriza al Tribunal de Arbitraje para apreciar las pruebas sin sujetarse a reglas fijas para su estimación, debe hacerse notar que no le concede facultades para dejar de apreciar en los laudos que pronuncie, las que durante el procedimiento se hubieren rendido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8794/48. Secretario de Salubridad y Asistencia. 17 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.