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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373378
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 644
SECRETARIOS DE ESTUDIO Y CUENTA DE LA SUPREMA CORTE, NO EXISTE IMPEDIMENTO LEGAL PARA QUE ESTUDIEN LOS ASUNTOS RESUELTOS POR UN JUEZ DE DISTRITO QUE TENGAN PARENTESCO CON LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 644
No porque el secretario del estudio y cuenta del Ministro a quien se turne el expediente de una queja, sea pariente (hijo) del Juez de Distrito que dictó el proveído en contra del cual se endereza la misma, puede decirse que está impedido para estudiar el negocio; porque la Ley de Amparo en su artículo 66 no señala impedimentos legales de los secretarios de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia para actuar en los juicios y sus recursos que a aquéllos corresponde conocer; y el artículo 74 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, sólo establece impedimento para los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, los Magistrados de Circuito y los Jueces de Distrito, que son los que resuelven los asuntos que la ley les encomienda y no sus secretarios. Por tanto, el parentesco del secretario de un Ministro de la Suprema Corte de Justicia, con el Juez de Distrito que conoce de un juicio de amparo, en el que se interpone el recurso de queja, que es turnado al Ministro como ponente, que tiene adscrito a ese secretario, no es motivo de impedimento legal para que actúe en ejercicio de sus propias funciones.
Precedentes
Reclamación 112/49. Sindicato de Trabajadores de la Fábrica de Tejidos de Punto "Acyc", S.A. 21 de octubre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.