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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373413
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1129
DEMANDA LABORAL, PRESENTACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1129
El artículo 511 de la Ley Federal del Trabajo, se refiere a las demandas que son presentadas directamente ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o las Centrales de Conciliación y Arbitraje, mas no a la situación que ocurre cuando el conflicto se inicia ante la Junta Federal o Municipal de Conciliación y, posteriormente, pasa para su tramitación en arbitraje a la Federal o Central de Conciliación y Arbitraje, pues en esta hipótesis, el procedimiento a seguir es el señalado en el artículo 556 de la propia ley.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9037/48. González Gómez Jorge. 8 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.