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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373418
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1213
TERCERO INTERESADO EN LOS JUICIOS ANTE EL TRIBUNAL DE ARBITRAJE, DERECHOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1213
Cuando se llama a juicio a un tercero interesado, deben otorgársele todos los derechos de la parte con quien coadyuva, permitiéndosele oponer excepciones distintas a las propuestas por la parte coadyuvada y rendir pruebas diversas a las rendidas por ésta, pues de lo contrario ninguna utilidad le reportaría, ya que vendría a ser un simple espectador que presenciara el litigio entre las partes, sin tener posibilidad alguna para defender el interés jurídico que motiva su llamamiento a juicio y con apoyo en lo dispuesto en el artículo 481 de la Ley Federal del Trabajo, también deben imponérsele las obligaciones que las partes propiamente dichas reportan.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8174/46. Zamudio Martínez Salvador. 9 de noviembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.