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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1552
PERITOS MEDICOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 1552
Las Juntas de Conciliación no están obligadas a aceptar el criterio de los peritos médicos de la parte que ofrece la prueba, porque tienen facultad para nombrar peritos en caso de discordia, siendo libres de optar por el dictamen que juzguen más ajustado a la verdad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1886/49. Carranza Pablo. 17 de noviembre de 1949. Mayoría de tres votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.