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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2045
OFRECIMIENTO Y DESAHOGO DE PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO (NO TIENE APLICACION EL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES NI EL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DE VERACRUZ).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo CII; Pág. 2045
El Código Federal de Procedimientos Civiles no tiene aplicación en los conflictos de trabajo en lo que toca a la forma de ofrecer y desahogar las pruebas, en virtud de que la Ley Federal del Trabajo establece su propio sistema para hacerlo; y menos la tiene el Código de Procedimientos Civiles de Veracruz, que corresponde al fuero local. Por tanto, no estableciéndose en la Ley Federal del Trabajo que para el reconocimiento de un documento deba tomarse a quien lo haga, la protesta de decir verdad, las Juntas no violan precepto legal alguno, si se abstienen de tomar dicha protesta al demandado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6981/48. Baltazar Pedro Eusebio. 7 de diciembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.