Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/373510
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 913
PRUEBAS ANTE LAS JUNTAS, OMISION DEL ESTUDIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 913
Si el quejoso reclama que la Junta responsable omitió hacer el análisis de las pruebas rendidas, pero no precisa cuáles fueron las pruebas que dicha Junta dejó de estudiar, debe decirse que siendo el juicio de amparo de estricto derecho, la Suprema Corte de Justicia no puede oficiosamente, entrar al estudio de esa cuestión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7527/43. Unión Sindical de Trabajadores de la Fábrica de Artículos de Bonetería "La Europea". 10 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.