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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373526
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1135
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO, INTERRUPCION DE LA (LAUDOS, EJECUCION DE LOS).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1135
Para que la prescripción de la acción para pedir la ejecución de un laudo pueda interrumpirse, es necesario que la promoción tendiente a esa ejecución sea hecha por la parte interesada, de modo que si tal promoción la hizo una persona que se ostentó como apoderado del sindicato a que pertenecía el actor, sin que exista constancia alguna en el expediente de la que aparezca que éste le había conferido su representación, es claro que en tales condiciones la prescripción no pudo interrumpirse.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3669/43. La Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 13 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.