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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373567
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1786
AMPARO MATERIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1786
Si el único objeto de la resolución reclamada fue el de declarar si el movimiento de huelga debía considerarse existente o no, no es posible juzgar en el juicio constitucional si son justas, o no, las peticiones hechas por los trabajadores en su correspondiente pliego, ya que ni la misma autoridad se hallaba en condiciones de hacerlo; sin perjuicio de que, en su oportunidad, la Junta resuelva acerca de la justificación de dichas peticiones.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4743/44. González Aniceto. 20 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.