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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373578
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1818
HUELGAS DECLARADAS INEXISTENTES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1818
Si el sindicato quejoso controla la totalidad o mayoría de los trabajadores de las carbonerías propiedad de una empresa, tiene expeditos sus derechos para demandar en juicio ordinario la administración del contrato colectivo de trabajo, que se encuentra en vigor; pero no exigir el procedimiento extraordinario de huelga, el reconocimiento de la personalidad jurídica del sindicato huelguista, como el representante del mayor interés profesional de la negociación, sin oírse y vencerse al sindicato titular.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1716/44. Sindicato de la Industria del Carbón Vegetal y Similares del Distrito Federal. 20 de octubre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.