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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373586
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1955
DESPIDO INJUSTIFICADO
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 1955
Debe declararse injustificado el despido, si de acuerdo con los términos en que se contestó la demanda, resulta evidente que sólo en forma imprecisa se hizo referencia a los motivos por los que se asegura que el actor fue separado de su empleo, sin que se dejase al propio actor en aptitud de desvirtuarlos en el momento de ofrecer y rendir pruebas, siendo también muy impreciso el señalamiento que en ese momento se hizo de cierta fracción de un artículo de la Ley Federal del Trabajo, si dicha fracción contiene diversos hechos que, necesariamente, obligaban al demandado a fijar a cuál o cuáles de ellos se refería, en relación con los que pretendía aducir en su defensa.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1505/44. Ramos José Luis. 23 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.