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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2299
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, INTEGRACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2299
No deben equipararse los derechos políticos del individuo que todo ciudadano por el solo hecho de serlo puede hacer valer, a los derechos gremiales de los trabajadores, que sólo a ellos corresponde ejercitar; por lo que la legalidad de las celebraciones para integrar la Junta Central de Conciliación de un Estado, puede estudiarse en el amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 742/43. Carro Rosendo y coagraviado. 27 de octubre de 1944. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.