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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2691
VENDEDORES CON EXPENDIO PROPIO, NO SON ASALARIADOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2691
Si el actor pretende ser asalariado de una persona cuyos productos vende y manifiesta que además de esos, vendía otros artículos; que las utilidades eran para él; que quedó adeudando a esa persona, cierta cantidad importe de sus productos; que lo ayudaban en un negocio otras personas y que aquélla no intervenía ni le daba órdenes en el manejo de la mercancía, y por otra parte, la documental presentada por ambas parte, sólo lleva a la conclusión de que el demandado pagaba los gastos del local y eran de su propiedad los enseres para garantizar la estabilidad del lugar y tener la oportunidad de vender esos productos, debe considerarse desvirtuada la presunción de la existencia del contrato del trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5594/44. Sánchez Rita. 6 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.