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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 373655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2703
TRABAJADORES, TRASLACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXII; Pág. 2703
Si el patrón ordenó al trabajador que de un molino fuese a otro, a desempeñar sus servicios y el contrato no establece el lugar del desempeño de las labores, debiendo estimarse que los diversos molinos del patrón forman una sola empresa, éste estuvo facultado para ordenar el cambio y la trabajadora al negarse a ello y no presentarse a sus labores incurrió en desobediencia, eximiendo a dicho patrón, de la responsabilidad por el despido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4434/44. Muñoz J. Ascensión. 6 de noviembre de 1944. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.